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TSE ordena investigación contra Rodrigo Chaves por beligerancia política

  • Foto del escritor: Redacción | Crónica, el Diario de la Gente
    Redacción | Crónica, el Diario de la Gente
  • 6 mar
  • 2 Min. de lectura
Solo rechazó una interpuesta de forma anónima.

La Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ordenó a la Inspección Electoral que se abra una investigación preliminar en contra del presidente de la República, Rodrigo Chaves, por supuesta beligerancia política.


Esto luego de que se recibieran denuncias por este tema de parte de Allen Solera Cordero, Ricardo Sancho Chavarría, presidente del partido Liberación Nacional, José Fabián Solano Fernández y Gonzalo Coto Fernández, presidente y secretario general respectivamente, del partido Acción Ciudadana, y Antonio José Ortega Gutiérrez, diputado de la fracción del partido Frente Amplio.


“Dicha remisión es una orden para que la Inspección Electoral instruya la investigación preliminar sobre los hechos denunciados, referidos, puntualmente, a tres conferencias de prensa (4 de diciembre de 2024, y 22, 29 y 30 de enero de 2025) y una cadena de televisión del 8 de diciembre de 2024.”, indicó el TSE.


Esto no quiere decir que el Mandatario haya incurrido en la falta, pero los tres magistrados o magistradas electorales suplentes, encontraron suficientes elementos para que consideren necesario abrir la investigación y obtener el informe necesario.


Una vez que la Inspección Electoral finalice su investigación “no actúa como órgano decisor, pues esa competencia corresponde en estos casos a los jueces electorales de la Sección Especializada y, frente a recursos contra lo resuelto por estos, del Tribunal Supremo de Elecciones.”, explicaron.


Adicionalmente “la Sección Especializada del TSE rechazó de plano una denuncia anónima remitida al TSE por la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, contra el Presidente de la República, por sus manifestaciones en la cadena de televisión del 8 de diciembre de 2024. El rechazo de plano se ordenó por falta de requisitos de admisibilidad, entre ellos la indicación del nombre y las calidades del denunciante.”

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